«Lamentamos que con el argumento de defender los derechos humanos, se termine atacando la libertad de expresión»– Carlos Jornet, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP.
Miami, Florida–La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) criticó al Congreso ecuatoriano por sorprender con una Ley de Violencia Digital que restringe la libertad de expresión. La entidad señaló que la norma criminaliza en forma agravada y desproporcionada algunas expresiones o acciones en el ámbito digital que están contempladas en los códigos Civil y Penal.
Además, al considerar que los legisladores desconsideraron principios sobre derechos humanos y libertad de expresión del sistema interamericano, la organización espera que el presidente Lenín Moreno pueda reconsiderarla desde esa óptica antes de promulgarla.
La Asamblea Nacional sancionó la ley el 6 de mayo, con el objetivo declamado de proteger a las víctimas de violencia sexual y ciberacoso. El estatuto modifica el Código Orgánico Integral Penal, cuyo artículo 178, sobre violación a la intimidad, sanciona con entre uno y tres años de prisión a la persona que grabe, revele, difunda o publique datos personales de terceros. La legislación fue enviada al Poder Ejecutivo para su firma.
El presidente de la SIP, Jorge Canahuati, dijo que «preocupa que el nuevo estatuto pueda afectar a periodistas que, en el ejercicio de su trabajo, tienen que revelar información». Canahuati, CEO de Grupo Opsa, de Honduras, añadió que «la generalidad de la ley permite que los periodistas puedan ser demandados por incurrir en el delito de violación de la intimidad, sin establecerse diferencias respecto de asuntos de interés público».
«Lamentamos que con el argumento de defender los derechos humanos, se termine atacando la libertad de expresión», expresó Carlos Jornet, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP y director del diario La Voz del Interior, de Argentina.
«Da la impresión de que los legisladores no hicieron la tarea de consultar con expertos en materia de libertad de expresión y no revisaron la literatura profusa de la que dispone la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en temas de libertad de expresión y de prensa en el ámbito digital, así como las relatorías de libertad de expresión de la ONU y de la CIDH».
En ese sentido, los directivos de la SIP se refirieron también a la Declaración de Salta Sobre Principios de Libertad de Expresión en la Era Digital, que establece que «los gobiernos no deben inhibir con regulaciones las expresiones de interés público en el espacio digital, tampoco imponer sanciones agravadas por el hecho que sean manifestadas en dicho espacio».
El mismo documento afirma que si bien «las agresiones deben ser investigadas con prontitud y sancionadas apropiadamente», «la protección de datos personales y la privacidad de las personas son derechos fundamentales, pero no deben restringir ni limitar la circulación de información de interés público».
Canahuati y Jornet recordaron que en la reciente reunión de la organización, se prestó especial atención a la tendencia excesiva a regular internet sobre delitos que ya están tipificados en la legislación general, lo que crea doble estándares peligrosos.