La Contraloría General de la República recuerda que la Ley 10-07 tiene como objetivo velar por la buena recaudación e inversión fiel de las rentas nacionales.
Por Olga Marte / RoseMaryNews.com
Santo Domingo, República Dominicana–La Contraloría General de la República prohibió a los Ministros, Directores Generales y demás funcionarios de las instituciones del Estado, prolongar la contratación de obras, bienes y servicios realizados mediante contrato, cuyo término de vigencia perimió, sin que hayan sido sometidos a un nuevo proceso de contratación o adenda conforme a la Ley.
A través de la Resolución 2020-0012, firmada por el Contralor, Luis Rafael Delgado Sánchez, se establece que dicha prohibición incluye a las entidades sujetas al ámbito de la aplicación de la Ley 10-07, que establece el Sistema Nacional de Control Interno y su reglamento de aplicación 491-07.
Delgado Sánchez también dispone, a la fecha de este dictamen, la prohibición del registro en el Sistema de Registro de Contratos de la Contraloría la certificación de documentos denominados “Reconocimiento de Deuda”, por tratarse de una convención contrataría a las leyes y evasora del Sistema Nacional de Control Interno, (SINACI).
Asimismo, instruyó a la Dirección de Revisión y Control de Calidad y en conjunto con el Departamento de Registro de Contrato, verificar y comprobar los requerimientos de los incumbentes de las instituciones que a la fecha tengan factura y constancia de deudas, por suministro de obras, bienes y servicios al Estado, a los fines de validar dicha acreencia y recomendar al Contralor la autorización del pago.
Antecedentes
La Contraloría advierte que ha constituido una práctica incorrecta de algunas instituciones del Estado, cuyos responsables suelen prolongar convenios obviando la modalidad de contratación, luego que dichos contratos han concluido y perdido su fuerza legal; hábito que constituye una flagrante violación a la Constitución y a las leyes, que es preciso corregir.
Explica que también se ha fomentado la realización de un reconocimiento de deuda, acuerdo mediante el cual el incumbente de una entidad expresa de manera unilateral que adeuda sumas de dinero a un proveedor, sin dar cumplimiento a las prescripciones legales, cuyo documento es solicitado para el registro en el sistema de Control Interno de la Contraloría, acción que trastoca el ordenamiento legal.
Discurso del Presidente Luis Abinader
Dentro de las medidas anticorrupción y reformas institucionales el presidente de la República, Luis Abinader, anunció que se trabajará en la modificación de la Ley 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República, a fin de que se realicen auditorías internas por lo menos una vez al año a todas las instituciones de carácter público.
Asimismo, formuló la creación de una subdirección antifraude, dependiente de la Contraloría, para la realización de Inspección permanente en todas las áreas de gobierno.