La experta en este tema aborda el tópico tan importante para su estatus legal en Estados Unidos.
Por Perla Abreu:
I-751 este formulario es para un residente condicional que obtuvo dicho estatus a través de matrimonio.
Si se le otorgo la condición de residente condicional por matrimonio con un ciudadano de Estados Unidos o residente permanente, utilice este formulario para solicitar la eliminación de esas condiciones.
Si usted tiene hijos a su cargo que hayan adquirido la condición de residente condicional al mismo tiempo que usted y entraron a los Estados Unidos dentro de los 90 días de su llegada, entonces, incluir los nombres y los Alien Number de estos niños en el mismo formulario.
Si usted todavía está casado, la petición debe ser presentada conjuntamente por usted y su conyuge a través del cual usted obtuvo estatus condicional. Sin embargo, usted puede solicitar una exención de este requisito de presentación conjunta si:
El matrimonio fue de Buena fe, pero su cónyuge falleció posteriormente;
El matrimonio fue de Buena fe, pero el matrimonio terminó después debido al divorcio o anulación.
El matrimonio fue de buena fe y han permanecido casados, pero han sido maltratados o sometidos a la crueldad extrema por parte de su cónyuge ciudadano de EE.UU. o residente permanente o:
La terminación de su estado y remoción resultaría en dificultades extremas.
*Perla Massiel Abreu Batista. Abogada Experta en Asuntos Migratorios, con 16 años de Experiencia. Experiencia Profesional. 2005-Actual. Oficina Jurídica de Migración. Abogada de Derecho Migratorio; 2013-Actual. Con los Famosos con Carlos Batista. Sección Migratoria; 2013-Actual.
Participa actualmente en el Programa Radial El Ritmo de la Mañana. Sección Migratoria; 2016-Actual. La Paradita de las 12 (Hedel Cordero). Sección Migratoria; 2018-Actual. El Despertador (Grupo SIN). Sección Migratoria; 2019-Actual. Programa Radial Ni Locas Ni Cuerdas. Sección Migratoria. Además, es locutora.