Entre otras categorías, el CSPA se aplica a los familiares directos y a los solicitantes principales de preferencia patrocinados por la familia y a los solicitantes derivados.

El tiempo de espera para algunas peticiones puede ser lo suficientemente largo para que un solicitante sea menor de 21 años al momento de presentar la petición, pero mayor de esta edad al momento de tener una cita disponible.

Una nota de servicio público de la Embajada de EEUU:

Un menor, para fines de migración, es una persona soltera, menor de 21 años, que cumple con ciertos otros requisitos.

El tiempo de espera para algunas peticiones puede ser lo suficientemente largo para que un solicitante sea menor de 21 años al momento de presentar la petición, pero mayor de esta edad al momento de tener una cita disponible.

Para evitar que los menores de edad «envejezcan» y pierdan su derecho a obtener la residencia legal permanente, se promulgó la Ley de Protección del Estatuto del Menor (CSPA, por sus siglas en inglés).

EL CSPA no modifica la definición de “menor”, sino que proporciona un método para que una persona mayor de 21 años pueda seguir calificándose como “menor”.

Un aspecto importante del CSPA es que los solicitantes deben hacer un seguimiento de su caso y completar cada paso del proceso a tiempo. No hacerlo puede significar que su hijo o hija no sea elegible para el CSPA.

Entre otras categorías, el CSPA se aplica a los familiares directos y a los solicitantes principales de preferencia patrocinados por la familia y a los solicitantes derivados.

Para calcular el CSPA y comprobar la elegibilidad de un solicitante, consulte:

https://www.uscis.gov/policy-manual/volume-7-part-a-chapter-7

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