Para poder programar una cita de entrevista para las categorías H, L, O, P, Q y R, los solicitantes deberán presentar evidencia de su petición aprobada (Formulario I-797 Notificación de Acción) de USCIS. (Imagen: Fuente externa).

La Embajada de EE.UU. en La Habana Amplía los Servicios de Visas para Incluir Algunas Visas de Trabajo y de Intercambio; los Servicios de Visas B1/B2 Permanecen Suspendidos

Washington, EEUU — A partir del lunes 19 de agosto, la Embajada de los Estados Unidos en La Habana amplía los servicios de visas para incluir ciertas categorías de visas de trabajo temporal y programas de intercambio.

Un comunicado de la sede diplomática precisa que los cubanos con peticiones de trabajo temporal aprobadas por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) y los participantes en programas de visitantes de intercambio con un Certificado de Elegibilidad aprobado podrán programar una entrevista de visa en la Embajada de los EE.UU. en La Habana.

Este cambio no incluye visas de no inmigrante para personas que desean entrar a los Estados Unidos temporalmente por negocios (visa B-1) o por turismo (visa B-2). Los cubanos aún deberán viajar a otra Embajada o consulado de EE.UU. para entrevistas rutinarias de visas B1/B2.

Los servicios de visa ampliados en la Embajada de EE.UU. en La Habana incluyen las siguientes categorías:

  • H         Trabajadores temporales o aprendices
  • J          Visitantes de intercambio
  • L          Transferencias dentro de una misma empresa
  • Trabajadores con habilidades o logros extraordinarios
  • P         Atletas, artistas y animadores
  • Q        Participantes en programas de intercambio cultural internacional
  • R         Miembros de una denominación religiosa que realizan trabajos religiosos

Una cita para la visa no garantiza la emisión de esta. Los solicitantes deben demostrar su elegibilidad para la visa conforme a las leyes y regulaciones de EE.UU.

Para poder programar una cita de entrevista para las categorías H, L, O, P, Q y R, los solicitantes deberán presentar evidencia de su petición aprobada (Formulario I-797 Notificación de Acción) de USCIS.

Para solicitar una entrevista para una visa J, los solicitantes deben presentar un Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Visitante de Intercambio, Formulario DS-2019, emitido por el patrocinador del programa de intercambio.

Las entrevistas serán programadas solo después de que se haya presentado a la Embajada un Formulario I-797 o DS-2019 aprobado.

Los solicitantes también deben proporcionar la aplicación requerida, tarifas, un pasaporte válido y una foto actual.

Para más información consulte el siguiente enlace:

https://cu.usembassy.gov/visas/

Para más información sobre el procesamiento de peticiones de trabajadores temporales por USCIS, consulte:

https://www.uscis.gov/working-in-the-united-states/temporary-nonimmigrant-workers