Francisco establece que “la Santa Sede y las instituciones vinculadas a la Santa Sede que posean activos financieros y activos líquidos, cualquiera que sea su forma, en Instituciones financieras distintas del IOR, (Banco Vaticano), deberán informar al IOR y transferirlos a éste lo antes posible en un plazo de 30 días a partir del 1 de septiembre de 2022”, para evitar confusión.
Ciudad del Vaticano — Para evitar cualquier confusión, el Papa Francisco hizo un firme recordatorio a través de un Rescripto donde especifica que el IOR tendrá, a partir del 1 de septiembre, la competencia exclusiva en la gestión de activos financieros de la Santa Sede y de instituciones vinculadas.
Para evitar cualquier confusión, el Papa Francisco hizo un firme recordatorio a través de un Rescripto donde especifica que el IOR tendrá, a partir del 1 de septiembre, la competencia exclusiva en la gestión de activos financieros de la Santa Sede y de instituciones vinculadas.
La Oficina de Prensa de la Santa Sede publicó este martes 23 de agosto un Rescripto del Papa Francisco sobre la instrucción relativa a la administración y gestión de los activos financieros y liquidez de la Santa Sede y de las instituciones relacionadas con ella.
El Papa Francisco decidió hacerlo a través de un Rescriptum ex audientia tras una audiencia concedida al Secretario de Estado, el Cardenal Pietro Parolin, el lunes 22 de agosto.
Por medio de este documento, el Papa Francisco ha ordenado que los cambios en la gestión financiera de la Santa Sede promulgados en la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium, se interpreten de manera precisa y que tengan “una fuerza firme y estable”.
Por medio de Rescripto, el Papa Francisco aclara que el artículo 219, párrafo 3, de la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium, “debe interpretarse en el sentido de que la actividad de gestión de bienes y custodio del patrimonio mueble de la Santa Sede y de las Instituciones relacionadas con la Santa Sede es responsabilidad exclusiva del Instituto para las Obras de Religión”.
Por ello, el Papa Francisco establece que “la Santa Sede y las instituciones vinculadas a la Santa Sede que posean activos financieros y activos líquidos, cualquiera que sea su forma, en Instituciones financieras distintas del IOR, deberán informar al IOR y transferirlos a éste lo antes posible en un plazo de 30 días a partir del 1 de septiembre de 2022”.
Esta decisión entrará en vigor inmediatamente tras su publicación en el Osservatore Romano. El Rescripto indica además, que los actos adoptados con anterioridad que no fueran conformes deberán ajustarse a estas instrucciones.
El Instituto para las Obras de Religión (IOR), comúnmente conocido como el banco del Vaticano, publicó su informe anual el pasado 7 de junio, donde señaló que había registrado un beneficio de unos 19 millones de euros en 2021.
Este beneficio neto de 19 millones de dólares es inferior a los 44 millones de dólares de 2020 y a los 46 millones de dólares de 2019, lo que indica que en los últimos años el IOR ha perdido clientes..
Según informa el IOR en su página oficial, la misión del Instituto es servir a la Iglesia católica en todas sus formas (Santa Sede – Entidades vinculadas – Órdenes religiosas – Instituciones católicas – Clero – Cuerpo diplomático acreditado – Empleados de la Santa Sede) mediante la custodia y administración de los bienes confiados y la prestación de servicios de pago especializados en todo el mundo.