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El 15 de octubre es la fecha límite para contribuyentes que solicitaron prórroga para presentar declaraciones de impuestos de 2020

Washington, DC.– El Servicio de Impuestos Internos les recuerda hoy a los contribuyentes la fecha límite del 15 de octubre para presentar las declaraciones de impuestos de 2020. Las personas que solicitaron una prórroga deben presentar en o antes de la fecha límite para evitar las multas por presentar tarde. Opciones de presentación electrónica, tal como Free File del IRS, aún están disponibles.

Aunque el 15 de octubre es el último día para que la mayoría de las personas presenten su declaración, algunos contribuyentes pueden tener más tiempo.  Estos incluyen:

  • Los miembros del ejército y otros que sirven en una zona de combate (en inglés). Por lo general, tienen 180 días después de salir de la zona de combate para presentar declaraciones y pagar los impuestos adeudados.
  • Los contribuyentes en áreas de desastre declaradas federalmente que ya tenían extensiones válidas. Para obtener detalles, consulte la página de Ayuda en situaciones de desastre en IRS.gov.

Generalmente, no hay multa por no presentar si al contribuyente se le debe un reembolso. Sin embargo, las personas que esperan demasiado tiempo para presentar y reclamar un reembolso corren el riesgo de perderlo. Aquellos que aún no han presentado una declaración de impuestos de 2020, adeudan impuestos y no solicitaron una extensión, generalmente pueden evitar multas e intereses al presentar lo antes posible y pagar cualquier impuesto adeudado.

Programar pagos de impuestos federales electrónicamente
Los contribuyentes pueden presentar ahora y programar sus pagos de impuestos federales hasta la fecha límite del 15 de octubre. Pueden pagar en línea, por teléfono o con su dispositivo móvil y la aplicación IRS2Go. Al pagar impuestos federales electrónicamente, los contribuyentes deben recordar:

  • Las opciones de pago electrónico son la manera óptima de efectuar un pago de impuestos.
  • Pueden pagar cuando presentan sus declaraciones electrónicamente a través de software de impuestos en línea. Si usa los servicios de un preparador de impuestos, los contribuyentes deben solicitarle que efectué el pago de impuestos a través de un retiro electrónico de fondos de una cuenta bancaria.
  • El Pago directo del IRS permite a los contribuyentes pagar gratis en línea directamente desde una cuenta corriente o de ahorros, y programar pagos con hasta 365 días de anticipación.
  • Las opciones de pagar con tarjeta de crédito, tarjeta de débito u opción de billetera digital están disponibles a través de un procesador de pagos. El procesador de pagos, no en El IRS cobra una tarifa por este servicio.
  • La aplicación IRS2Go ofrece opciones optimizadas de pago para dispositivos móviles, incluidas Pago Directo y pagos de tarjetas de débito o crédito en dispositivos móviles.
  • El Sistema de Pago Electrónico de Impuestos Federales, EFTPS es una manera conveniente que es segura y fácil. Seleccione pagar en línea o por teléfono a través del Sistema de Respuesta de Voz de EFTPS.

Vea cuenta de impuestos en línea

Los contribuyentes pueden usar su cuenta en línea para ver información importante de manera segura cuando se preparan para presentar su declaración de impuestos o hacen un seguimiento de los saldos o avisos.

Además, los contribuyentes pueden ver:

  • El monto adeudado en los años anteriores, actualizado para el día calendario actual,
  • El historial de pagos y pagos programados o pendientes,
  • Los detalles del plan de pago,
  • Las copias digitales de avisos seleccionados del IRS y
  • Las solicitudes de autorización aprobadas o rechazadas de profesionales tributarios.

Aquellos que presenten y se procese su declaración de 2020 el 1ro de noviembre o antes, pueden ser elegibles para dos pagos de la mitad del crédito en 2021. De manera similar, las personas que presenten y se procese su declaración el 29 de noviembre o antes, pueden ser elegibles para un pago.

La información completa acerca del pago por adelantado del Crédito tributario por hijos y demás está disponible en IRS.gov.