Según Participación Ciudadana, “el uso de recursos que se habían consignado para otros fines en el presupuesto de la JCE es ilegal y aún más ilegal es hacerlo bajo un compromiso del Poder Ejecutivo de que reestablecerá esos recursos, porque eso es pasarle por encima al Congreso Nacional, una violación inaceptable por la separación de poderes.

La entidad Participación Ciudadana tildó como una violación inaceptable el que la JCE entregue a los partidos políticos recursos comprometidos para otros propósitos, “un precedente que puede traer graves problemas en el futuro.”

Santo Domingo, República Dominicana – Participación Ciudadana rechazó el “bajadero” autorizado por el Gobierno para «complacer» a los partidos asignándole recursos que se habían consignado para otros fines en el presupuesto de la Junta Central Electoral (JCE) por ser una decisión política al margen de la ley, que sienta un precedente que puede traer graves problemas en el futuro.

A través de un comunicado lo tildó como una violación inaceptable por la separación de poderes.

“El uso de recursos que se habían consignado para otros fines en el presupuesto de la JCE es ilegal y aún más ilegal es hacerlo bajo un compromiso del Poder Ejecutivo de que reestablecerá esos recursos, porque eso es pasarle por encima al Congreso Nacional, una violación inaceptable por la separación de poderes. Si este organismo no protesta esa decisión es porque todos los partidos se beneficiarán de la misma”, afirma.

Asegura que lo primero que el país debe tener claro es que el monto aprobado para financiamiento de los partidos en el presupuesto del 2024 no es producto de un error u omisión de ninguna de las partes involucradas, pues la realidad es que esa reducción, al igual que la que se aplica a otras doce instituciones o sectores, se ha venido produciendo año tras años.

Precisa que todos los gobiernos de las últimas décadas, en acuerdo con el Congreso Nacional, han tomado esa decisión porque no han tenido la voluntad ni de hacer una reforma fiscal para elevar considerablemente las recaudaciones, ni tampoco para buscar el consenso necesario para reformar las leyes especiales que consignan porcentajes fijos del presupuesto.

Explica que el párrafo del artículo 234 de la Constitución señala que, una vez votada la Ley de Presupuesto General del Estado, no podrán trasladarse recursos presupuestarios de una institución a otra sino en virtud de una ley. Adicionalmente, el artículo 236 dispone que ninguna erogación de fondos públicos será válida si no estuviese autorizada por la ley.

Agrega que la decisión en cuestión también viola el principio de especialidad cualitativa, que se refiere a que los recursos deben ser gastados exclusivamente en los objetivos establecidos en el presupuesto, como lo señala el artículo 11, literal g de la Ley Orgánica de Presupuesto.

Participación Ciudadana aspira a que, en una próxima revisión constitucional se revisen las condiciones y montos de financiamiento que se consignaron en las leyes electorales y de partidos, a la luz de los pobres resultados que hemos tenido.

“Pero hasta que eso se produzca, no podemos pasar por alto, ni apoyar violaciones a las leyes como la que se ha anunciado, ni mucho menos que se hagan en beneficio del sector que toma las decisiones, en detrimento de las demás instituciones y sectores que todos los años reciben un presupuesto muy por debajo de sus necesidades”, concluye.