La SB señala que la rentabilidad de las entidades de intermediación financiera ha sido positivamente impactada por el incremento en la eficiencia operativa, que se ubicó en 58.67%, medida por el indicador costos/ingresos, el nivel más bajo en los últimos 15 años.

La iniciativa del Gobierno está concebida para dificultar que cualquier agente económico no autorizado se aproveche de la brecha de información frente al público para realizar actividades al margen de la ley.

Santo Domingo, República Dominicana–La Superintendencia de Bancos (SB) inició la implementación del sello de identificación de las entidades de intermediación financiera e intermediarios cambiarios bajo su supervisión, con el objetivo de proveer mayores niveles de protección y resguardo a los usuarios de productos financieros.

Se trata de una herramienta que permitirá identificar fácilmente las entidades que cuentan con el aval y la supervisión de la SB, de manera que se reduzcan considerablemente los riesgos vinculados a la adquisición de productos y servicios financieros sin las garantías del marco jurídico de la República Dominicana.

En ese sentido, las entidades que se encuentren registradas en la SB deben contar con la identificación física y digital, visible en cada sucursal de servicio, así como en sus canales digitales.

El sello dispone de un código de respuesta rápida o QR, fácil de escanear desde cualquier teléfono móvil con conexión a internet. Esta funcionalidad dirige a los usuarios al registro de las entidades en la página web oficial de la Superintendencia de Bancos.

La iniciativa está concebida para dificultar que cualquier agente económico no autorizado se aproveche de la brecha de información frente al público para realizar actividades al margen de la ley, incluyendo infracciones como robos, fraudes y abusos de confianza.

Por ello, la SB ha trabajado durante meses con las entidades financieras supervisadas en la implementación de este sello en sus versiones física y digital, garantizando que sus clientes cuenten con una vía expedita y confiable del aval del Estado dominicano.

Esta iniciativa se ciñe al artículo 50 del Reglamento para la Apertura y Funcionamiento de Entidades de Intermediación Financiera y Oficinas de Representación, que establece la emisión de parte de la SB de la Certificación de Registro, una vez que la Junta Monetaria haya emitido la correspondiente resolución de aprobación.

En su comunicado sobre el sello, la SB recordó que los usuarios de las entidades registradas en la Superintendencia de Bancos cuentan con la protección del Fondo de Contingencia que gestiona el Banco Central, que establece una cobertura de hasta RD$1,835,000, en caso de que su entidad atraviese por situaciones que comprometan su solvencia, según lo establece la Ley Monetaria y Financiera 183-02.