En el taller “Rol de la banca múltiple en la prevención de lavado de activos”, desarrollado en el Hotel Intercontinental Real, participaron periodistas de medios impresos, digitales, televisión y radio del país.(Foto: Fuente externa).

FinCEN dice afecta a personas «políticamente expuestas», políticos, funcionarios, familiares o asociados que reciben fondos de corrupción o de lavado de activos.

Washington, D.C.–La Junta de la Reserva Federal, la Corporación Federal de Seguros de Depósitos, la Red de Ejecución de Delitos Financieros, la Administración Nacional de Cooperativas de Crédito y la Oficina del Contralor de Moneda emitieron hoy una declaración conjunta en la que aclaran los requisitos de diligencia debida de la Ley de Secreto Bancario, (BSA), para los clientes que puedan ser considerados “personas políticamente expuestas”, (PEP), debe ser acorde con los riesgos que plantea la relación PEP.

Un comunicado de la Red de Ejecución de Delitos Financieros, FinCEN, subraya que el término PEP se usa comúnmente para referirse a personas extranjeras a las que se les ha confiado una función pública prominente, así como a sus familiares directos y asociados cercanos.

Añade que en virtud de este cargo o relación pública, estas personas pueden presentar un mayor riesgo de que sus fondos sean producto de la corrupción u otra actividad ilícita.

“Abordar la amenaza de lavado de dinero que representa la corrupción de funcionarios extranjeros sigue siendo una prioridad de seguridad nacional para los Estados Unidos. La declaración reconoce que las relaciones PEP presentan diversos niveles de riesgo de lavado de dinero, que depende de hechos y circunstancias específicas de la relación con el cliente.”

El FinCEN indica que, por ejemplo, las PEP con un volumen de transacciones limitado, una cuenta de depósito de bajo valor en dólares en el banco, fuentes de fondos legítimas conocidas o acceso solo a productos o servicios que están sujetos a términos y programas de pago específicos, podrían razonablemente caracterizarse por tener un menor riesgo para el cliente.

Perfiles
La declaración conjunta de los organismos financieros de Estados Unidos aclara que, si bien los bancos deben adoptar procedimientos apropiados basados en el riesgo para llevar a cabo la debida diligencia del cliente (DDC), la regla de DDC no crea un requisito regulatorio.

Por lo tanto “no existe una expectativa de supervisión de que los bancos tengan pasos de debida diligencia adicionales y únicos para clientes que se consideran PEP. Esta declaración conjunta no altera los requisitos legales o regulatorios existentes de BSA y contra el lavado de dinero, (AML), y no requiere que los bancos dejen de aplicar las prácticas de gestión de riesgos existentes.”