El portavoz de la Presidencia, Homero Figueroa, aclaró que la construcción del Fideicomiso de la cuestionada Central, construida en Baní durante la gestión del expresidente Danilo Medina, no implica privatización, por lo que la misma es y seguirá siendo 100% propiedad pública.
Santo Domingo, República Dominicana–Ante los cuestionamientos de varios sectores, como la Sociedad Civil al contrato de fideicomiso creado para administrar la termoeléctrica Punta Catalina por supuestas violaciones a la Constitución y las Leyes, el vocero y director de Estrategia y Comunicación Gubernamental, Homero Figueroa, manifestó que el Gobierno dispuso la constitución de dicho acto jurídico por recomendación de la Comisión de Liquidación de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales.
Homero Figueroa aclaró que la construcción del Fideicomiso de la cuestionada Central, construida en Baní durante la gestión del expresidente Danilo Medina, no implica privatización, por lo que la misma es y seguirá siendo 100% propiedad pública.
“El Gobierno dominicano garantiza a los ciudadanos que Punta Catalina es y seguirá siendo 100% propiedad pública”, dijo Figueroa.
El portavoz del Gobierno precisó, que con esto se busca preservar y optimizar la inversión, administración, la operación y fuente de pago de las plantas que conforman la central, la cual asegura sigue siendo propiedad pública.
Figueroa que señaló que el fideicomiso, por definición, es una relación de voluntad y confianza mutua entre dos partes para administrar fielmente los bienes cedidos, en estricto apego a las instrucciones y a los requerimientos formulados por el propietario de los bienes.
“Como queda explicado, el Estado es quien cede, el Estado es quien recibe y el Estado es el que se beneficia. No puede entonces llamarse privatización a una operación sin empresas privadas. No puede entonces llamarse privatización a una operación en la que no hubo transacción de compra y venta”, enfatizó el vocero y director de Estrategia y Comunicación Gubernamental.
Asimismo, aclaró que el Comité Técnico conformado por 5 personas nombradas por decreto operará como un órgano auxiliar ejecutivo de acuerdo con las disposiciones del contrato constitutivo del fideicomiso y el marco legal vigente aplicable.
De igual forma indicó que en el artículo 3 del Decreto 538-21 se indica de forma clara e inequívoca que las tres partes constitutivas del Fideicomiso Público Central Termoeléctrica Punta Catalina son instituciones del Estado dominicano.
Estas instituciones, agregó, son la CDEEE, que a través de su órgano de gobierno la Comisión de Liquidación, transfiere todos los bienes y derechos; la Fiduciaria Reservas, S.A., recibe en calidad de administradora los bienes y derechos; y el Ministerio de Hacienda que será el beneficiario en favor de quien serán administrados los bienes y derechos cedidos al Fideicomiso.