Al igual que la modificada Ley 366-22, la norma recién promulgada parte de las disposiciones normativas que la prevén, en la Constitución de la Ley de Crédito Público y la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público.
  • La medida del presidente Luis Abinader, que entra en vigencia a partir de este sábado 28 de agosto, señala que el Distrito Nacional y La Altagracia están exentas del toque de queda.
  • La prorroga mantiene en vigor las medidas de distanciamiento social.

Santo Domingo, República Dominicana–El presidente de la República, Luis Abinader, prorrogó el estado de emergencia por 45 días a partir de este sábado 28 de agosto de 2021. Esto fue dispuesto mediante el Decreto 528-21, en virtud de la autorización dada por el Congreso Nacional mediante su resolución núm. 323-21, ambos documentos del 27 de agosto.

Con esta prórroga se mantienen iguales las medidas de distanciamiento social vigentes hasta el momento, por lo que el toque de queda sigue en el territorio nacional todos los días desde las 11:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. del día siguiente, con una gracia de libre circulación todos los días hasta la 1:00 a.m., con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.

Hasta el momento solamente el Distrito Nacional y La Altagracia se les levantó el toque de queda, al ser las únicas demarcaciones en que por lo menos el 70% de sus respectivas poblaciones ha recibido la segunda dosis de la vacuna contra la COVID-19.

Las autoridades han redoblado los esfuerzos en este sentido e invitan al resto del país a inocularse y alcanzar por lo menos esta tasa de vacunación.

Ver Decreto 528-21 en el siguiente enlace:

https://presidencia.gob.do/decretos/528-21