Un comunicado del pasado 27 de diciembre precisa que la Ley de Estabilización de USCIS estableció las tarifas de procesamiento prioritario actuales y la autoridad para que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ajuste las tarifas por concepto de procesamiento prioritario cada dos años.

Siempre les informo a mis clientes que la visa solo permite montarse al avión y llegar al aeropuerto. Pero, la entrada al país la otorga el Customs and Border Protection, (CBP), al momento de su arribo a territorio estadounidense.

Por Perla Abreu*

Tenemos varias visas de No-Inmigrante; es decir, cada motivo de viaje tiene su visa. Con esto quiero indicar que debemos tener mucho cuidado al momento de hacer dicha solicitud de visa e indicar correctamente en el formulario DS-160 el real motivo de su visita.

La Visa B1/B2 es para personas que viajan a los Estados Unidos de forma temporal para negocios (B1), placer/turismo o tratamiento médico (B2).

Muchas personas entienden que el que un cónsul en una embajada en tu país de origen le otorgue el visado ya indica que vas a los Estados Unidos con puertas abiertas.

Siempre les informo a mis clientes que la visa solo permite montarse al avión y llegar al aeropuerto. Pero, la entrada al país la otorga el Customs and Border Protection, (CBP), al momento de su llegada a territorio estadounidense.

Quiero recordarles que los requisitos principales para este tipo de visado son todos los lazos que lo aten a su país de origen: lazos sociales, lazos familiares y lazos económico.

Debemos tener pendiente que un oficial consular no está obligado al momento de usted presentarse a hacer dicha solicitud de pedir documentos, todo esto es a discreción de él.

Lo que sí les puedo asegurar es que de su preparación es que depende su visado.

Hablarles a todos ustedes los lectores del formulario DS-160 (formulario que debe llenarse para la aplicación de su visado) es la parte clave de su visa.

Entiendo que el 99 % de la efectividad de su visado depende del buen llenado de este formulario.

A mis clientes siempre les resalto y les doy a entender que esta aplicación no es simplemente un formulario, sino una declaración jurada ante el Departamento de Estado, quien tomara una decisión en base a la verdad suministrada en el mismo.

Ya para finalizar con el tema de hoy, el formulario DS-160 es la hoja de vida con la que el Customs and Border Protection, (CBP), le recibe en un puerto de entrada a los Estados Unidos.

Para más información contáctanos a Oficina Jurídica de Migración, 809-688-5444; W.s 809-696-7596, o a nuestro correo electrónico @abogadaperlaabreu.

*Perla Massiel Abreu Batista. Abogada Experta en Asuntos Migratorios, con 16 años de Experiencia. Experiencia Profesional. 2005-Actual. Oficina Jurídica de Migración. Abogada de Derecho Migratorio; 2013-Actual. Con los Famosos con Carlos Batista. Sección Migratoria; 2013-Actual. Programa Radial El Ritmo de la Mañana. Sección Migratoria; 2016-Actual. La Paradita de las 12 (Hedel Cordero). Sección Migratoria; 2018-Actual. El Despertador (Grupo SIN). Sección Migratoria; 2019-Actual. Programa Radial Ni Locas Ni Cuerdas. Sección Migratoria. Además, es locutora.