"Una inmigración masiva desde Cuba pondría en peligro la seguridad de los Estados Unidos."-- Donald J. Trump. (Foto: Fuente externa).

El presidente Donald J. Trump decidió reactivar la ley para garantizar la migración legal, ordenada y segura desde la isla.

Washington, D.C.—El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció que ha extendido la Ley Nacional de Emergencia hacia Cuba, vigente desde 1996, a partir del primero de marzo de 2020 y la cual debe ser renovada dentro de los primeros noventa días previo a su vencimiento.

En una Orden Ejecutiva firmada por el mandatario y remitida al Congreso para su publicación en el Registro Federal, se indica que la política norteamericana sigue siendo que una migración masiva desde Cuba pondría en peligro la seguridad de los Estados Unidos al plantear una perturbación o amenaza de perturbación en las relaciones internacionales de la nación, indica un comunicado de la Casa Blanca.

El presidente Trump subraya en la medida que “El gobierno cubano no ha demostrado que se abstendrá del uso de fuerza excesiva contra embarcaciones o aviones de los Estados Unidos que puedan participar en actividades conmemorativas o protestas pacíficas al norte de Cuba.”

El documento reitera además que “la entrada no autorizada de embarcaciones registradas en los Estados Unidos a las aguas territoriales cubanas sigue siendo perjudicial para la política exterior de los Estados Unidos y va en contra del propósito de la Orden Ejecutiva 12807 del 24 de mayo de 1992, que es garantizar, entre otras cosas, la seguridad, migración ordenada y legal.”

La Orden Ejecutiva firmada por el presidente Trump agrega que por dichas razones, “he determinado que es necesario continuar con la emergencia nacional declarada con respecto a Cuba y la autoridad de emergencia relacionada con la regulación del anclaje y el movimiento de embarcaciones establecida en la Orden Ejecutiva 6867, enmendada por las órdenes Ejecutiva 7757, del 26 de febrero de 2004; la 9398, del 24 de febrero de 2016, y la 9699, del 22 de febrero de 2018.”

La Sección 202 (d) de la Ley Nacional de Emergencias (50 USC 1622 (d)) prevé la terminación automática de una emergencia nacional a menos que, dentro de los 90 días anteriores a la fecha de aniversario de su declaración, el Presidente publique en el Registro Federal y transmita a al Congreso un aviso que indique que la emergencia continuará vigente más allá de la fecha de aniversario.

La nueva Orden Ejecutiva ratifica que la política de los Estados Unidos sigue siendo que una migración masiva desde Cuba pondría en peligro la seguridad de los Estados Unidos al plantear una perturbación o amenaza de perturbación de las relaciones internacionales de los Estados Unidos.

Además, La posibilidad de entradas no autorizadas a gran escala de embarcaciones registradas en los Estados Unidos perturbaría las relaciones internacionales de los Estados Unidos al facilitar una posible migración masiva de ciudadanos cubanos.